lunes, 3 de noviembre de 2008

Video promocionado por La Iglesia de Cienciología y Juventud por los Derechos Humanos en referencia a la libertad de expresión
Gran paso para la Libertad de Expresión en Argentina
En la última semana se dio en Argentina un gran paso hacia la libertad de expresión. En la ciudad de Paraná se declaró inconstitucional una querella por injuria.
El juez de correccional de Paraná Pablo Vírgala determinó inconstitucional una querella iniciada por el ex gobernador Jorge Busti contra el abogado de Paraná Rubén Pagliotto por el delito de injurias.
El juez Vírgala decidió sobreseer a Pagliotto, quien había realizado incisivas críticas sobre Busti destacando que durante su mandato como gobernador se habían producido una serie de graves episodios de corrupción que nunca fueron investigados y que quedaron en la nada quizá porque el beneficiario era el mismo gobernador.
Unos de los puntos clave para el magistrado fue considerar que hay otras vías para accionar, y que el poder punitivo sólo se ejerce en medida necesaria para proteger los bienes jurídicos de los ataques más graves que los dañen o lo pongan en peligro. Lo contrario conduciría al ejercicio abusivo del poder punitivo del Estado y que la tipificación penal de una conducta debe ser clara y precisa, y no ambigua como existen actualmente en nuestra norma jurídica con respecto a la injuria y calumnia.
Entre los considerandos más importantes de Vírgala, se hace referencia al reciente fallo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) en la causa conocida como "Caso Kimel".
Eduardo Kimel es un periodista argentino que presentó una apelación contra el Estado argentino ante la Cidh a raíz de que en 1995 fue condenado por la Justicia a un año de prisión en suspenso y al pago de una indemnización de 20.000 dólares por encontrarlo culpable de los cargos de "injurias y calumnias" contra un juez al que mencionó en su libro "La masacre de San Patricio".
La sentencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no solo exigió la anulación de la condena contra el periodista, sino que también obligó al Estado argentino a que "en un plazo razonable" reforme la figura penal de los delitos de calumnias e injurias.
De este modo, el fallo del Cidh en el caso de Eduardo Kimel planteo el primer antecedente nacional referido a la injuria y a la calumnia.
Es así, que queda fijado un decisivo antecedente judicial para la libertad de expresión y tambien para aquellos que intentan suprimirla utilizando figuras penales como la calumnia y la injuria.
Esto no significa que el honor y la reputación de la sociedad queden sin resguardo, sino que se establece una mejor regulación a los temas de injuria y calumnia para la proteger la libertad de expresión.
Luego de estos dos fallos, la famosa tensión entre el derecho al honor que presentan algunas personas o funcionarios públicos para defenderse, y el derecho colectivo de libertad de expresión quedan significativamente con un antecedente que protege la libertad de expresión, de información y el derecho a ser informados.
La libertad de expresión es un derecho que tenemos todos los ciudadanos. Es, quizas, el derecho más importante con el que cuenta el hombre, es el derecho que nos da la libertad de buscar información y de ser informados, de modo que es el derecho que permite que conozcamos otros derechos. Por todas estas razones, es indispensable que el trato de delitos de injuria y calumnia sea discriminado y meditado por la justicia penal, de otra manera generaría, a través del miedo, un autocensura inaceptable en los periodistas que atentaría no sólo contra la libertad de expresión, sino contra todos los derechos indispensables con los que cuenta el ser humano.

Mati Martínez

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